Si usted cuenta con un inconveniente laboral, puede solicitar que un inspector de Trabajo realice una inspección en su empresa. De esta manera, las denuncias interpuestas frente a la inspección son anónimas para quien la recibe, pero el denunciante debe identificarse a fin de que haya una denuncia formal. Es requisito proporcionar una descripción precisa de las infracciones cometidas.
Lo que se comunica por medio de este buzón, llega a la Inspección de Trabajo, que verificará si es cierto o no, pero no es propiamente una denuncia. La denuncia siempre tiene que hacerse por escrito, no vale ni verbalmente ni por teléfono, ni mandando un correo electrónico. En la situacion de denuncias conjuntas, si la va a presentar solo una persona en nombre de todos, es necesario copia y autorización del DNI de todos.
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Eso si, dependiendo de la situación y de los incumplimientos, en el en caso de ser complicados o especialistas, es conveniente tener asesoramiento profesional. Para hacer más simple la presentación, lo mucho más conveniente es emplear un escrito que prosiga el modelo oficial que proporciona la ITSS. Puedes conseguir este modelo en sus áreas de trabajo o descargarlo por la red en formato word editable o en formato pdf.
Pero posiblemente haya que demandar frente al Juzgado de lo Popular estas represalias. Eso si, el Inspector tiene un deber de misterio profesional y confidencialidad, por lo que no debe indicar quien es el denunciante, y debe de actuar de forma que no se descubra quien es el denunciante. Por servirnos de un ejemplo si un trabajador con un contrato temporal demanda un fraude en su contrato el Inspector no solicitará a la empresa el contrato del trabajador concreto, si no todos los contratos de trabajo. No se debe pagar tasas ni ningún otro pago por enseñar una denuncia y esta denuncia se puede redactar sin la intervención de un letrado la demanda, en tanto que no es obligación poner las leyes incumplidas.
Quién Puede Presentar Una Demanda Ante La Itss
En un caso así, se pueden mostrar las ocasiones de abuso laboral desde el terminado anonimato, rellenando un formulario online del Ministerio de Trabajo. Se tiene que dar la información de la empresa y las irregularidades observadas. Un ejemplo es cuando se trata de una mala práctica relacionada con el contrato laboral. El inspector no requerirá a la empresa únicamente el contrato de la persona denunciante, sino que solicitará todos los documentos establecidos para no inducir a la compañía a entender la identidad de quien ha presentado el escrito ante la inspección. También puedes ponerte en contacto con la Autoridad Nacional de Seguridad Alimenticia o el Organismo de Seguridad Alimentaria si la empresa que quieres denunciar es una compañía alimentaria. La Inspección de Trabajo es el organismo competente para proteger los derechos de los trabajadores.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social va a poder abrir un periodo de información previa con el fin de saber las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar la actuación inspectora. Confírmela en los Folletines oficiales (legislación de españa), servicios de información de la Administración pública o con su asesor legal. La compañía no debería poder hacer ninguna represalia (sanciones, despidos, bajar el salario, cambiar de puesto…) contra el trabajador denunciante. En el caso de hacerlo las medidas adoptadas deberían de anularse y se podrá pedir una indemnización si se tuvo daños y perjuicios.
¿De Qué Manera Presentar Una “Denuncia Anónima” A Inspección De Trabajo? Abogado Laboralista
Las denuncias a la inspección de trabajo dejan que sea posible investigar algún género de infracción empresarial. La inspección de trabajo es el órgano responsable de admitir o denegar las demandas por infracciones laborales. Ninguna demanda en este país puede ser anónima, más allá de que es cierto, que el receptor de la demanda está obligado a sostener en misterio el nombre del denunciante y no revelarlo a nadie. Usaremos el término denuncia anónima puesto que se garantiza el anonimato a ojos de la compañía. Si efectuamos una comunicación a través del buzón, de manera anónima, la ITSS recibe esa información, pero al no tratarse de denuncia formal, puede no actuar. No se pueden hacer demandas anónimas a la Inspección de Trabajo, ya que contienen de forma obligatoria la identificación del denunciante.
En primer lugar, en el documento está un campo por completar que afirma “Dirigido a”. En un caso así, hay que poner la Inspección de Trabajo a la cual nos vamos. Más tarde, se pide el nombre o razón popular del denunciado, su CIF o NIF, la actividad, el domicilio popular, la dirección del centro de trabajo, el número de trabajadores, el horario y si la compañía continúa abierta. En el momento en que se solicita una inspección de Trabajo, el Departamento de Trabajo de su provincia asignará el caso a un inspector de Trabajo. El inspector de Trabajo se pondrá en contacto con usted para concertar una cita.
Si usted tiene un problema laboral, solicitar una inspección de Trabajo puede ser una manera de resolver el inconveniente. Por poner un ejemplo, si usted piensa que su compañía no le está pagando el salario que le corresponde, puede solicitar una inspección de Trabajo a fin de que se verifique el pago de sueldos. Si el inspector de Trabajo halla que su empresa no le ha comprado el salario que le corresponde, la compañía podrá ser multada y organizada a pagarle el salario que le adeuda. No, no es requisito ser trabajador de la compañía, si se tienen entendimientos se unas infracciones se va a poder denunciar. Igualmente se podrá denunciar en el momento en que se dejó de ser trabajador de la empresa, pero comunmente tienen mucho más peso las denuncias de los trabajadores que todavía están en la empresa.
¿De Qué Manera Puedo Mandar Un Inspector De Trabajo A Una Empresa?
Una vez presentada la denuncia, si cambian los hechos denunciados, es esencial que lo coloques en conocimiento de la ITSS. Enseñar una demanda frente a la ITSS es algo fácil a nivel administrativo y, habitualmente, bastante duro a nivel emocional. No existe un máximo de plazo de protección del trabajador, en el momento en que el trabajador pueda probar que la medida que tomó la empresa se debe a la reclamación realizada por el trabajador para defender sus derechos.